Cala San Diego

Inicio / N-340 / Ítems patrimoniales / Provincia de Cádiz / San Roque / Secuencia de Torreguadiaro / Cala San Diego

Ítem número 1 de 62 en Secuencia de Torreguadiaro, San Roque

Siguiente

Puente metálico sobre el río Guadiaro
Iniciándose la década de los años veinte del pasado siglo, el único tramo de la carretera de segundo orden de Málaga a Cádiz que se encontraba todavía en construcción era el que transcurría entre l...
Buscar

La Cala de San Diego se localiza en la franja litoral gaditana dentro de los límites municipales de San Roque. Su superficie se aproxima a las 20 Has, con un estructura simple compuesta por un sector acantilado y una pequeña playa, ambas en aceptable estado de conservación y apenas alteradas por el hombre. La presencia de este enclave en el recorrido de la antigua N-340 aporta al corredor, en este tramo, valores de originalidad y naturalidad perdidos por la presión urbanística y los cambios de usos del suelo que han afectado al resto de la franja costera.

Periodo
Anterior a la carretera
Relación con la carretera
Visible desde la carretera
Estado de conservación
Bueno
Protección
  • Protección Territorial 2 (PPCLA, 2015)
  • SNUEP (PGOU San Roque, 2000)
Accesibilidad
  • Dificultad de acceso: Bajo
  • Visita: Continua

Descripciones

  • Con una superficie aproximada de 20 Has., está formado por una pequeña cala encajonada entre el mar y un acantilado de unos 10 metro de altura, formado por una base de arenas, areniscas y calizas miocénicas y pliocénicas, que ocupan el acantilado, y por arenas cuaternarias de depósitos litorales en la playa, por lo que la erosión a que se ha visto afectada ha sido escasa.

    Su flora carece de destacado interés, estando su fauna compuesta básicamente por aves ligadas al medio natural como láridos, fumareles, limícolas, etc.

    Este espacio destaca por ser una pequeña franja litoral en forma de cala de gran valor paisajístico, en aceptable estado de conservación y que hasta ahora se ha librado de la presión urbanística a la que se ha visto sometido el resto de la zona litoral a la que pertenece.

    Fuente: Plan Especial de Protección del Medio Físico de la provincia de Cádiz, 2007, p. 95

  • Terrenos situados en el extremo más oriental del municipio de San Roque. El espacio más meridional se encuentra limitado al sur-sureste por los suelos urbanos de Torre Guadiaro, al oeste por el dominio público marítimo terrestre y los suelos urbanos de Nuevo Guadiaro, el límite interior del ámbito del Plan al norte, y los suelos urbanizables de Las Colinas al noreste. El otro espacio está comprendido entre los suelos urbanos de San Diego al norte, el dominio público marítimo terrestre y Punta Chullera al este, y los suelos urbanizables sectorizados de Punta Europa y el límite interior del ámbito del Plan al oeste.

    El espacio junto al río Guadiaro se encuentra ocupado en su mayoría por las instalaciones deportivas de campos de polo al sur de la AP-7, por cultivos de regadío en la zona norte de este viario y por vegetación natural, tipo pastizal arbóreo con uso ganadero la más nororiental.
    En el espacio junto a Punta Chullera predomina la vegetación natural tipo matorral y el uso ganadero. Solo se detecta alguna edificación de uso turístico en la zona más próxima a la urbanización Punta Europa.

    Los terrenos junto a Punta Chullera, además del valor posicional, presentan un alto valor paisajístico y ambiental por las características naturales, la topografía accidentada y la proximidad a la costa. Los terrenos próximos al Guadiaro al encontrarse más intervenidos y en una posición más interior, su valor es posicional, como elemento de contención de la expansión urbanística y de ruptura del continuo urbano de la primera línea de costa.

    El río Guadiaro constituye un elemento de conexión ecológica entre el Parque de los Alcornocales y la ribera del mar.

    Suelos bastante tensionados por la posición que ocupan en el espacio turístico-residencial entre Sotogrande y Punta Chullera. Los usos relacionados con la actividad turística, como son los campos de polo en la zona del Guadiaro, y los ganaderos de la zona de Punta Chullera, hace que se mantenga en ellos la vegetación natural que le imprime un valor paisajístico además del posicional, como elementos de ruptura entre los desarrollos turísticos de Torre Guadiaro, Las Colinas-Punta Europa y San Diego-Punta Chullera.

    El río Guadiaro está incluido en el Sistema de Espacios Libres establecido en el Plan de Ordenación del Territorio del Campo de Gibraltar como parque fluvial y constituye un elemento de conexión ecológica entre el Parque de los Alcornocales y la ribera del mar.

    Fuente: Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, Fichas de información-diagnóstico: suelo no urbanizable, provincia de Cádiz, CA-40 Torre Guadiaro - Punta Chullera, 2015.

  • El sector está situado al norte del núcleo de Torre Guadiaro; está atravesado por la A-7 y desciende hasta el DPMT superando el acceso norte al núcleo urbano. Limita al norte y al oeste con el SUS 003-TG; al este con suelo no urbanizable; y, al sur, con el DPMT y el acceso norte a Torre Guadiaro.

    En el sector no hay edificaciones y el uso dominante en el ámbito es forestal (monte bajo degradado y pastizal).
    La A-7 divide el sector en dos áreas independientes; la zona norte que se extiende hasta el SUS 003-TG y los suelos protegidos por el POT; y la zona sur que sobrepasa el vial de acceso al núcleo de Torre Guadiaro y desciende hasta el DPMT colindando con el hotel Milla de Plata situado a pie de playa.

    La pendiente de los terrenos y el uso forestal de los mismos les confiere un alto valor paisajístico. Existen formaciones de monte bajo degradado (breñal) y progresión del acebuchal. Se identifica el Hábitat de Interés Comunitario 5330 (Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos).

    El sector tiene una función determinante en la conexión del litoral con los terrenos protegidos del interior por el POT del Campo de Gibraltar.
    El DPMT asociado está formado por un acantilado y una playa desnaturalizada por la urbanización adyacente.

    Todo el sector está incluido en la franja de 500 m medidos desde el DPMT, y se encuentra afectado por las limitaciones derivadas de la zona de servidumbre y de influencia en el marco de la legislación específica en materia de costas.
    El sector está atravesado por la autovía A-7.

    Los terrenos se encuentran actualmente en estado natural.
    El desarrollo urbanístico del sector incidiría en el proceso de ocupación de este frente litoral con usos urbanos, ocupando terrenos de alto valor paisajístico colindantes con espacios protegidos.

    El sector constituye una bolsa de suelo urbanizable colindante con el DPMT en un tramo del litoral con elevada fragilidad paisajística y colindante con espacios protegidos del interior.
    El desarrollo urbanístico del sector conllevaría la transformación de un medio natural, libre de procesos de urbanización, que afectaría negativamente al mantenimiento de los valores paisajísticos y ambientales del ámbito, e impediría la continuidad entre el litoral y los espacios protegidos del interior.

    Fuente: Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, Fichas de información-diagnóstico: suelo urbanizable, provincia de Cádiz, Sector 04-TG, 2015.

Catalogación

Protección

  • Protección Territorial 2 (PPCLA, 2015)
  • SNUEP (PGOU San Roque, 2000)

Información documental

  • Plan Especial de Protección del Medio Físico de la provincia de Cádiz, 2007
  • Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, 2015

Datos geográficos

Bing Ver en Bing Mapas
ETRS 89 UTM Zona 30N 297466.68789, 4020765.48555
SRC WGS 84 36°18'38.3"N 5°15'21.2"W