Arroyo de la Cala

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Ítem número 21 de 47 en Conjunto de la Cala, Estepona


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Río costero mediterráneo ubicado en el sur de la provincia de Málaga que pertenece a la subcuenca Verde - Guadalmansa. Nace muy cerca de la loma de los Torilejos, con un recorrido total de 10,5 km. La presencia en un tramo del arroyo de hábitats naturales y hábitats de especies de especial interés ambiental propició su declaración como LIC, y posteriormente ZEC, dentro de la Red Natura 2000. La N-340, que atraviesa este ámbito próximo a la desembocadura del río, integra el elemento natural al corredor, dotando de un destacado valor ecológico y paisajístico al entorno de la carretera, a pesar de la presión ejercida por la agricultura y la expansión urbanística.

También denominado Parque fluvial arroyo de la Cala

Periodo
Anterior a la carretera
Relación con la carretera
Visible desde la carretera
Estado actual
Modificado
Protección
  • LIC, cód. ES6170027 (Espacios Protegidos Red Natura 2000)

  • Protección Territorial 2 (PPCLA, 2015)
  • Vía pecuaria Vereda del camino de Igualeja a Jubrique: Zona litoral de Protección Ambiental (PPCLA, 2015)
Accesibilidad
  • Dificultad de acceso: Bajo
  • Visita: Continua

Descripciones

  • El Arroyo de la Cala nace muy cerca de la loma de los Torilejos, con un recorrido total de 10,5 km, a lo largo del cual vierten sus aguas el Arroyo Marimacho y el Arroyo de la Vidoria por su margen derecha, y varios arroyos de menor entidad por su margen izquierda. En su nacimiento el Arroyo hace de límite entre el LIC Los Reales de Sierra Bermeja, situado al norte, y el LIC Sierras Bermeja y Real, para continuar delimitando este último hasta llegar a la ZEC Arroyo de la Cala. Junto a sus vecinos, el río Padrón y el río Castor, forma parte de la subcuenca Verde-Guadalmansa, dentro de las cuencas mediterrénas andaluzas.

    El relieve que atraviesa suele ser muy alomado, entre sierras y crestones. En los tramos medio y bajo del río - ámbito de influencia de la N-340 - está constituido por arcillas, margas, margocalizas y materiales metamórficos: pizarras, esquistos, filitas y algunas paredes de mármoles que conforman pozas. En estos tramos, el paisaje fluvial ha sido muy alterado por su uso para agricultura y por los viaductos de la autovía A-7 que los atraviesa.

    Según el borrador del Plan Director de Riberas de Andalucía, la alimentación del río es practicamente fluvial, con un régimen hídrico temporal, con tramos torrenciales y rápidos. Por tanto, con un comportamiento general de ramblas y con un fuerte estiaje en verano que hace que, en los tramos bajos, el agua desaparezca y, en época de fuertes lluvias invernales, su caudal aumente considerablemente.
    Su recorrido presenta una dirección noroeste-sureste, con disposición casi perpendicular a la línea de costa y paralela a otros ríos cercanos de la misma cuenca. Se caracteriza por un trazado sinuoso y la formación de un llano de inundación bastante desarrollado compuesto por materiales detríticos de diverso orden dependiendo de la fuente o área madre (materiales areniscosos y arenosos). En su curso bajo, donde se encuentra con la N-340, el río se convierte en una rambla debido a las grandes fluctuaciones de precipitación y los fenómenos de fuerte erosión y arrastre. La alimentación del río es practicamente fluvial, caracterizado por régimen torrencial y esporádico de fuertes variaciones estacionales.
    La presencia en un tramo del Arroyo de la Cala (9,3 Km) de hábitats naturales que figuran en el Anexo I y de los hábitats de las especies que figuran en el Anexo II de la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (Directiva Hábitats), justificó la inclusión de los espacios en la lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) de la región biogeográfica mediterránea (RBM), aprobada inicialmente por Decisión de la Comisión Europea y revisada en sucesivas decisiones. En 2014, fue declarado finalmente Zona de Especial Conservación (ZEC- ES6170027 - 16,56 has has) afectando exclusivamente al término de Estepona. La ZEC Arroyo de la Cala une el litoral y el espacio Fondos Marinos de la Bahía de Estepona (ES6170036) con los espacios protegidos red Natura 2000 Sierras Bermeja y Real (ES6170010) y Los Reales de Sierra Bermeja (ES6170004, también declarada ZEPA y Paraje Natural).

    Siguiendo el formulario de las fichas de datos proporcionados por la Red Natura 2000 para cada uno de los enclaves reconocidos, la ZEC del Arroyo de la Cala se caracteriza por la siguiente distribución de coberturas: dunas - playas de areana 1% / brezales - zonas arbustivas - maquis garriga 7% / pastizales áridos 1% /áreas cultivas no boscosas con plantas leñosas 91%.

    El tercio norte de la ZEC Arroyo de la Cala está incluido además dentro del ámbito de las aves necrófagas, concretamente para el alimoche, y en una zona de interés para anfibios (Alcornocales, Grazalema y El Estrecho). El principal hábitat con prioridad de conservación identificado en este ámbito se corresponde con el hábitat 92A0, relativo a Bosques de galería de Salix y Populus alba.

    Según el Plan de Riberas, el grado de conservación del curso fluvial y la calidad de la ribera en su extremo norte es aceptable (inicio de alteración importante); mientras que la cobertura vegetal se define como mala, predominando el pastizal y las zonas verdes. El uso mayoritario de las márgenes es agricultura de regadío. Además, hay perturbaciones de origen ganadero (en la zona de influencia hay alguna explotación de ganado caprino), aunque el estado del cauce se considera bueno. El punto de muestreo localizado en la zona media informa de que la calidad de la ribera en esa zona está definida como estado natural (riberas sin alteraciones); está presente un uso forestal, tanto arbolado como arbustivo, con una cobertura media variable de 40% a 75%; además, la cobertura vegetal se define como buena. No hay perturbaciones y el estado del cauce se considera también bueno. El uso predominante de las márgenes es agricultura de regadío. En el punto de muestreo ubicado en el tramo final del río, cerca de la desembocadura, la calidad de ribera desciende a pésima (degradación extrema). Está catalogado dicho tramo como ribera con uso urbano; el estado del cauce se considera malo, la cobertura vegetal también es mala, predominan los cultivos y aparece afección al acuífero. Por otra parte, no existe regulación de flujo por embalses ni se han detectado alteraciones morfológicas en el río que afecten de forma significativa a la naturalidad del entorno.

    Fuente: Borrador 2 (Febrero 2014): Proyecto de Orden por la que se aprueban el Plan de Gestión [...] de la ZEC Arroyo de la Cala. Anexo VII, Gómez Zotano, José. Naturaleza y paisaje en la Costa del Sol Occidental. Málaga: Diputación de Málaga, Centro de Ediciones de la Diputación de Málaga (CEDMA), 2006, p. 53-55

  • Localizados junto al núcleo urbano de Estepona, los terrenos integrados en el Plan de Protección del Corredor Litoral limitan al este y oeste con sectores de suelos urbanizables sectorizados y no sectorizados, al sur por el acceso a Estepona desde la A-7, y al norte con el límite interior del ámbito de este plan.

    El uso predominante es el agrícola de regadío (frutales), aunque se está produciendo el abandono progresivo de los mismos y la aparición de edificaciones residenciales.

    Los cultivos de frutales y diseminados relacionados con la actividad y riqueza paisajística a este espacio litoral en el que predominan los usos urbanos y la ocupación del mismo por la edificación. También el vacío de las márgenes del arroyo La Cala presenta un valor ambiental pues mantiene su capacidad de evacuación a través de una pequeña llanura de inundación, y de aporte de materiales a la playa de la Cala. Su posición entre los suelos urbanos de Estepona y los nuevos desarrollos previstos le confieren un valor estratégico territorial como espacio libre.

    Los principales impactos provienen de la implantación de edificaciones aisladas y de la presión urbanística procedente de los núcleos urbanos limítrofes.

    Terrenos localizados en la llanura de inundación del arroyo La Cala, que constituyen un pasillo ambiental de conexión del litoral con el espacio interior. El carácter inundable de parte de los terrenos, la propuesta de los mismos como parque fluvial que efectúa el Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental de Málaga, y la necesidad de romper con el continuo urbano edificado de este franja litoral, les aporta un alto valor posiciones, junto con el paisajístico y ambiental intrínseco.

    Fuente: Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, Fichas de información-diagnóstico: suelo no urbanizable, provincia de Málaga, MA-05 La Cala, 2015.

  • Se conforma como uno de los más importantes parques en Estepona, cuyo diseño y dimensión merecen una consideración especial para su puesta en valor y uso. Recogen todos los suelos del arroyo de la Cala y acaba en la loma de Atanasio de alto valor paisajístico.

    Fuente: Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental. Memoria de Ordenación, p. 117.

Catalogación

Protección

  • LIC, cód. ES6170027 (Espacios Protegidos Red Natura 2000)

  • Protección Territorial 2 (PPCLA, 2015)
  • Vía pecuaria Vereda del camino de Igualeja a Jubrique: Zona litoral de Protección Ambiental (PPCLA, 2015)

Información documental

  • Borrador 2 (Febrero 2014): Proyecto de Orden por la que se aprueban el Plan de Gestión [...] de la ZEC Arroyo de la Cala. Anexo VII
  • Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental. Memoria de Ordenación, 2006
  • Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, 2015

Información bibliográfica

Datos geográficos

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ETRS 89 UTM Zona 30N 36.430086, -5.135025
SRC WGS 84 36°25'48.3"N 5°08'06.1"W